La posición del Comité de Huelga de CESM y SMA, en su negociación con el Ministerio de Sanidad sobre el borrador de nuevo Estatuto Marco, ha sido expuesta públicamente por sus miembros en numerosas ocasiones. No obstante, en aras a la claridad y la transparencia, resumimos a continuación sus elementos fundamentales.
1. EL ANTEPROYECTO DE LEY DE ESTATUTO MARCO. UNA PROPUESTA INACEPTABLE PARA LA PROFESIÓN MÉDICA Y FACULTATIVA EN GENERAL
El Anteproyecto de Ley de Estatuto Marco que presentó el ministerio a principios de este año despertó de inmediato la indignación de nuestro colectivo. De forma muy resumida, estas eran las causas fundamentales de nuestro rechazo:
- El nuevo texto mantenía inalterada, en esencia, la estructura del régimen de jornada y horarios del Estatuto Marco actual.
- Introducía un sistema de clasificación profesional que nos equiparaba a los médicos y facultativos, con el máximo nivel de titulación universitaria en el espacio europeo de educación superior (MECES 3), al resto de los graduados, devaluando nuestra formación, especialización y responsabilidad específica.
Además, incorporaba la obligatoriedad de la exclusividad para una parte del colectivo.
2. LA RESPUESTA DE CESM Y SMA
Este agravio llevó a la CESM, con la adhesión del SMA, a convocar una huelga de facultativos a nivel nacional el día 23 de mayo. El Comité de Huelga comunicó al ministerio por escrito sus principales reivindicaciones. Aquí las presentamos resumidas:
Reclamar un Estatuto Propio y un ámbito de negociación específicos.
- Una regulación de la jornada y horarios completamente nueva, que describiremos con detalle más adelante.
- Un nuevo sistema de clasificación profesional que reconozca la especialización y responsabilidad del médico, que esté basado en el mayor número de créditos universitarios (MECES 3: más de 300 créditos ECTS ) (nivel 7 del MECU) en el título de especialista, y que lleve aparejada una mejora retributiva acorde a nuestra cualificación y responsabilidad.
- Un modelo de compatibilidad común para toda España, que no implique merma retributiva alguna para los profesionales con compatibilidad.
- Una regulación de la jubilación que contemple la jubilación flexible y voluntaria entre los 60 y los 70 años, la jubilación parcial, un reconocimiento de la penosidad que permita la jubilación anticipada sin penalizaciones y el cómputo de las horas de guardia para la jubilación.
- El rechazo de cualquier forma de movilidad forzosa.
- Un modelo de Evaluación del Desempeño Profesional de carácter positivo e incentivador, en lugar del modelo coactivo y penalizador propuesto en el nuevo Estatuto Marco
3. NUEVA PROPUESTA DEL MINISTERIO EN MATERIA DE JORNADA TRAS LAS REUNIONES CON EL COMITÉ DE HUELGA
Tras varias reuniones infructuosas, el ministerio aportó el día 21 de mayo, a solo dos días de la jornada de huelga convocada para el día 23 de mayo, un borrador que contenía su propuesta sobre regulación de la jornada. La huelga fue aplazada hasta el día 13 de junio para estudiar el documento y hacer una contraoferta. Los rasgos principales de la propuesta del ministerio eran los siguientes:
- Antepone las necesidades asistenciales a la protección de la salud del facultativo y a sus derechos laborales, hasta el punto de que estos pueden ser ignorados alegando falta de recursos humanos.
- Los conceptos de “tiempo de trabajo” y de “descanso” son interpretados de forma restrictiva, en ocasiones contraria a la jurisprudencia europea. El derecho al descanso se condiciona a las necesidades asistenciales. Paradójicamente, el ministerio obliga a respetar esos periodos de descanso, que la Administración se exime a sí misma de garantizar, a los facultativos con ejercicio privado.
- La jornada semanal máxima se fija en 45 horas semanales en promedio cuatrimestral. Este hecho, sumado a la obligatoriedad de las guardias y a la forma de cálculo del tiempo de trabajo efectivo, da lugar en la práctica a jornada semanales de 60-70 horas de carácter obligatorio. Sobre este exceso de jornada, se contempla la posibilidad de un incremento adicional de 150 horas anuales.
- No se fija ninguna cuantía mínima para la hora de exceso de jornada sobre la denominada “jornada ordinaria”, lo que en la práctica equivale a consagrar la obligación de hacer horas extra pagadas por debajo de la jornada ordinaria.
- La horquilla para el establecimiento de la jornada “diurna” se fija entre las 7:00 y las 22:00 horas, entre las cuales se puede asignar la jornada diaria de manera irregular, sin límites temporales ni compensación retributiva alguna.
- Persiste el recurso a conceptos ambiguos como “continuidad asistencial” o “atención continuada”, que confunden la actividad programada con la urgente y favorecen la imposición obligatoria de los excesos de jornada.
- No existen garantías de los derechos más básicos del facultativo a la conciliación familiar, al descanso, al conocimiento de su jornada o a las reducciones de jornada. Todos ellos ceden ante las necesidades asistenciales y la capacidad de organización de la dirección.
- Prevé la creación de sistemas de cobertura de incidencias obligatorio y sin retribución alguna.
- Tanto la jornada ordinaria como las guardias pueden tener cualquier duración, desde unas pocas horas hasta 12, 17 o 24 horas. Su fijación depende, de nuevo, de las necesidades asistenciales. El régimen de descansos, que depende de la duración de la jornada, queda así, una vez más, en manos de la dirección
- Introduce el concepto de “carga laboral excesiva”, pero de forma puramente retórica, sin criterios objetivos que lo delimiten ni repercusión práctica alguna.
- No se limita el número de guardias localizadas ni su carga de trabajo, ni se establecen descansos obligatorios vinculados a ellas.
Sobre el resto de las reivindicaciones planteadas por el Comité de Huelga, el ministerio no contestó nada por escrito.
4. CONTRAOFERTA DEL COMITÉ DE HUELGA
A esta propuesta inaceptable, el Comité de Huelga respondió con nuestra propuesta sobre jornada que, en esencia, es la siguiente:
- La regulación de la actividad del facultativo debe garantizar sus derechos laborales y la protección de su salud. Los derechos del trabajador no pueden quedar sometidos a la discrecionalidad de la dirección y a las necesidades asistenciales.
- El facultativo debe tener una jornada de 35 horas semanales, como cualquier otro trabajador de la sanidad pública. Los excesos de jornada necesarios para garantizar la asistencia sanitaria a la población, tanto urgente como programada, deben ser negociados en base a criterios de voluntariedad y retribuidos de forma adecuada.
- La jornada ordinaria y la guardia deben tener una duración y franja horaria claramente delimitadas, que evite su distribución irregular a criterio de la dirección. La jornada del facultativo por defecto debe ser en día laborable y horario de mañana, como es la norma en toda la función pública.
- Los descansos compensatorios deben computar a todos los efectos como tiempo de trabajo efectivo.
- Todo el trabajo que se realice en horario nocturno, independientemente de su modalidad, debe tener un coeficiente reductor de jornada, al igual que se contempla para el resto de las categorías.
- Los excesos de jornada, incluida la jornada de guardia, no pueden ser retribuidos por debajo de la hora de jornada ordinaria.
- No puede asignarse la misma consideración a la cobertura de la asistencia urgente a la población que a la realización de actividad programada.
- Los periodos de descanso deben ser ampliados y garantizados.
- El cómputo del tiempo de trabajo efectivo debe atenerse a lo establecido por la normativa europea e impedir el establecimiento en la práctica de jornadas semanales abusivas y extenuantes.
- Las guardias localizadas, al igual que las presenciales, deben ser reguladas de modo que se limite la carga de trabajo y se garanticen los descansos compensatorios.
- No pueden existir sistemas de cobertura de incidencias no retribuidos
- El Estatuto no puede regular la vida privada del profesional.
- Deben establecerse criterios objetivos de sobrecarga laboral que conlleven medidas obligatorias dirigidas a proteger la salud del trabajador. No podemos aceptar la consagración de una sobrecarga laboral estructural del facultativo.
5. LA RESPUESTA DEL MINISTERIO
En la reunión celebrada el 2 de junio entre el Comité de Huelga y los representantes del ministerio, estos afirmaron “tomar nota” de nuestras reivindicaciones, pero solo mostraron cierta receptividad en relación con la regulación de las guardias localizadas.
Desde entonces, seguimos sin obtener respuesta a cuestiones como la clasificación profesional, la creación de un ámbito propio de negociación para nuestro colectivo y la eliminación de cualquier obligatoriedad de trabajar para el sistema público en régimen de exclusividad.
En cuanto a lo que sí conocemos con más detalle, esto es, la regulación sobre la jornada, podemos confirmar que el nuevo Estatuto Marco aspira a consagrar el actual status quo, basado en el sostenimiento del sistema sanitario público a costa de los derechos laborales de los facultativos.
6. CONCLUSIÓN E INVITACIÓN A LA UNIDAD DE LOS FACULTATIVOS EN DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS
- La sanidad pública española lleva décadas sostenida por el esfuerzo desproporcionado del colectivo facultativo. Lastrados por el prejuicio sin fundamento de ser unos “privilegiados”, asumimos la mayor responsabilidad sin obtener a cambio ningún reconocimiento. Hacemos horas extra obligatorias a precio de saldo y no tenemos derecho al descanso ni a la conciliación. Hasta el cuidado de nuestros hijos es sacrificado en aras del bien público.
- Esta situación, que este nuevo Estatuto Marco pretende consagrar, debe terminar. La situación actual es, de hecho, insostenible. Cada vez más médicos abandonan el Sistema Nacional de Salud. Por eso la sanidad pública se hunde. Por eso es necesario que alcemos la voz en defensa de nuestros derechos.
- Hemos hecho todo lo que estaba en nuestra mano para alcanzar con el ministerio un acuerdo que evitara la huelga, pero ha sido en vano. No existen indicios que sugieran que se va a producir un cambio sustancial en su actitud, basada en la consagración del menosprecio y la explotación laboral de nuestro colectivo.
- El día 13 todos debemos respaldar la huelga de forma masiva. El ministerio debe recibir claramente el mensaje de que vamos en serio y de que este conflicto no va a cesar hasta que obtengamos un trato justo.
- Por todo ello, invitamos a todos los sindicatos, asociaciones y plataformas médicas a que se sumen a esta convocatoria sobre la base de los planteamientos que con absoluta convicción y honestidad acabamos de hacer públicos en este comunicado.