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Medicina low cost

“Siempre lo tuvo claro. Desde su más tierna infancia un gusanillo, en forma de vocación, le hacía seguir la senda de a que quería dedicarse cuando fuese mayor. Sus notas eran brillantes, pero el miedo a no llegar le hacía tener un entripado que le angustiaba. Su familia estaba confiada en que podría lograrlo. En su clase del instituto, el resto del alumnado le decía que buscara algo sin tanto nivel de exigencias. Cuando por fin lo consiguió tenía por delante seis años de intensos estudios, una dura oposición, y cuatro o cinco años de formación especializada. Todo merecería la pena por ver realizado su sueño en forma de entrega a los demás. Después de tanto esfuerzo tenía por delante un panorama sombrío. Ni aplausos ni consideración, ni reconocimiento y muy poco respeto. Un personal sanitario más”.

Los tiempos de nuestro Sistema Sanitario, tanto público como privado, son convulsos. Atrás quedó la Ley General de Sanidad de 1986 (Ley 14/1986 de 25 de abril), en la que se reconocían los derechos fundamentales de los pacientes en el sistema sanitario español, enfocados en el respeto a la dignidad, intimidad, igualdad en el acceso, información clínica, consentimiento informado y confidencialidad, garantizando la atención universal sin discriminación de cualquier tipo, y en la que se sentaban las garantías a la protección de la salud recogida en el artículo 43 de la Constitución Española. Recientemente se ha presentado el anteproyecto que pretende derogar la Ley 15/1997 de 25 de abril que permitía la posibilidad de la gestión privada e indirecta de centros sanitarios públicos en España.

Después de 40 años todo ha cambiado. El Ministerio de Sanidad es pobre en competencias y las Comunidades Autónomas legislan con independencia, dentro del marco legislativo, pero con singularidades que pueden hacernos diferentes en derechos. Las circunstancias no son las mismas. La población ha aumentado considerablemente, la pirámide de edad se está invirtiendo, otras culturas y costumbres han sido aceptadas, las demandas asistenciales son diferentes, las formas y maneras de enfermar son distintas. La sofisticación y los avances, casi de ciencia ficción, que ya están aquí en lo que respecta a métodos diagnósticos y terapéuticos, son inconmensurables. Por un lado, la ciudadanía está cada vez más informada, y por otro las mentiras, con tintes espurios de veracidad fluyen sin pudor por las redes sociales. Se han impuesto como forma asistencial, con cierta deshumanización, las consultas telefónicas y la telemedicina son la primera opción en muchos casos. La IA generativa es capaz de hacer diagnósticos diferenciales y de formular propuestas terapéuticas con asombro para la medicina clásica, esa que era de escuchar, acompañar o cuando menos paliar.

Y a todo esto seguimos luchando por que se reconozca la singularidad de nuestra profesión. Reivindicar un estatuto propio es reclamar un derecho inalienable dada la complejidad, la especificación de la formación y las responsabilidades inherentes a la profesión médica. La medicina hace años que dejó de ser considerada como una profesión de élite y pasó a convertirse en un eslabón de un engranaje donde se reparten competencias, pero donde las responsabilidades siguen siendo del que diagnóstica y del que prescribe el tratamiento. La gestión compartida desdibuja una línea de competencias donde todos pasamos a ser personal sanitario, una categoría imposible de articular de manera unívoca dada su multiprofesionalidad. (¡Imaginan que a un arquitecto se le considere personal de la construcción, o a un juez personal judicial!)

Recientemente se ha publicado un macro estudio que avala que el colectivo de enfermería pueda asumir funciones de los profesionales de la medicina. Una investigación del Flinders Health and Medical Research Institute, difundida por Cochrane, considera que después de analizar 82 investigaciones en 20 países con más de 28.000 personas atendidas, no encontraban diferencias entre la atención prestada por el personal de enfermería y profesionales de la medicina. Eso les sirve a los autores para pensar que hay que dar más protagonismo a la enfermería en políticas de salud, con lo que se podría paliar el colapso del sistema sanitario, sobre todo en atención primaria. En cuanto a los cuidados del personal de enfermería podría obtener mejores resultados en el control de enfermedades crónicas como la diabetes o el seguimiento de los procesos oncológicos. Pero el diagnóstico y la prescripción del tratamiento sigue siendo una función puramente médica. Una formación que puede llegar a los seis años, del personal de enfermería incluida la especialidad, no puede nunca equiparase a los más de diez años que precisa un profesional de la medicina para poder ejercer.

Analizando el estudio hace referencia a los indicadores de mortalidad, calidad de vida y seguridad, variables que tienen un peso relativo en la calidad del sistema sanitario y de sus profesionales, y que tienen que ver más con los estilos de vida.

Las condiciones de trabajo de los profesionales de la medicina en el sistema público de salud, la invasión de competencias de otros profesionales del sector y la tirada de los precios de las pólizas de las compañías aseguradoras del sector salud, nos hacen augurar en un futuro cercano una “Medicina Low Cost”.

Bibliografía

Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. «BOE» núm. 102, de 29/04/1986. Entrada en vigor: 19/05/1986. Referencia: BOE-A-1986-10499.

Ley 15/1997, de 25 de abril, sobre habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud. «BOE» núm. 100, de 26/04/1997. Entrada en vigor: 26/04/1997. Referencia: BOE-A-1997-9021.

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