Miércoles, 29 Marzo 2023

El Consejo de Europa insta a una regulación amplia y clara de la objeción de conciencia

11/10/2010

Ha hecho pública una resolución (1763, 2010) sobre el derecho a la objeción de conciencia en el ámbito de la asistencia sanitaria, con especial referencia al derecho a la objeción de conciencia del médico ante el aborto

Madrid, 13 de octubre 2010 (medicosypacientes.com)

El Consejo de Europa ha hecho pública una comunicación en la que solicita que ninguna persona, hospital ni institución sanitaria será obligada a realizar o colaborar en la realización de un aborto, eutanasia o cualquier acto que pueda causar la muerte de un feto o embrión humano, cualquiera que sea el motivo, como tampoco podrán tomarse represalias contra el mismo por esta causa.

En su escrito, reconocen que es obligación de los Estados miembros garantizar el acceso a la atención médica necesaria para proteger el derecho a la salud, pero igualmente es necesario garantizar el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión de los proveedores de asistencia sanitaria.

Por ello invitan a desarrollar una legislación amplia y clara que garantice el derecho a la objeción de conciencia y al mismo tiempo asegure a los pacientes las prestaciones a que legalmente tengan derecho.

En el documento adjunto se ofrece la resolución 1763 (2010) del Consejo de Europa.