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El Colegio de Médicos de Bizkaia ayuda a la ciudadanía a realizar su Documento de Voluntades Anticipadas

Esta semana, el Colegio de Médicos de Bizkaia abre a toda la ciudadanía del Territorio Histórico su Oficina de Voluntades Anticipadas (OVA), un servicio totalmente gratuito gracias al cual, las personas que deseen redactar, legalizar e inscribir su Documento de Voluntades Anticipadas (DVA) podrán hacerlo de una forma sencilla gracias a la ayuda de dos médicos de Familia expertos en este procedimiento, los doctores Víctor Landa y Julián Bajo

El objetivo es ayudar a la persona otorgante para que su DVA sea un documento de calidad, bien meditado, que contemple las diferentes situaciones que se puedan dar y que a la persona no se le habrían ocurrido por sí misma, y ajustado a su filosofía de vida. 

La corporación médica puso en marcha la OVA y su servicio a finales de 2021, y en una primera fase lo dirigió a sus colegiadas y colegiados; a sus familiares y personas allegadas. Año y medio después, lo ofrece a toda la ciudadanía de Bizkaia en el convencimiento de que disponer del DVA es de una gran importancia, ya que es lo que permitirá a la persona otorgante tomar una serie de decisiones después de haber tenido en cuenta las situaciones a las que se podrían enfrentar al final de la vida: son las instrucciones que harán que tanto  su equipo médico, como a su familia, puedan conocer de forma detallada qué es lo que desea en caso de que no pueda expresar su voluntad, qué tratamientos acepta, cuáles rechaza y cómo quiere llegar al final de su existencia.

Cómo acceder al servicio del CMB

Quien desee realizar su Documento de Voluntades Anticipadas en la Oficina de Voluntades Anticipadas del Colegio de Médicos de Bizkaia lo puede solicitar llamando al teléfono 94 4354700 o pidiendo una cita a través del formulario que encontrará en la web: Pedir cita para la primera reunión 

Una vez recibida su solicitud en la OVA, se le convocará a una primera sesión informativa a la que asistirá junto con un pequeño grupo de personas interesadas. Posteriormente, deberá acudir a una segunda sesión que también se realizará en grupo. 

En la primera reunión la persona asistente recibe información general de lo que es el DVA, se le explican todos los pasos a seguir y qué documentación debe preparar y llevar a la segunda sesión. También se le entrega el modelo de DVA del CMB, cuyo contenido se le habrá explicado detalladamente. La persona puede llevárselo a casa para pensar tranquilamente sobre qué quiere poner en él y, en su caso, para rellenarlo siguiendo la Hoja de Instrucciones que también se le entrega.  

La segunda reunión está diseñada para aclarar dudas y verificar si las personas otorgantes del DVA han rellenado correctamente toda la documentación. El documento queda listo para su presentación en el Registro de Voluntades Anticipadas del Gobierno Vasco, una tarea de la que se encarga el personal administrativo del Colegio de Médicos de Bizkaia, que en ningún caso tiene acceso al contenido de los DVA. Este es un proceso totalmente confidencial y solo la persona otorgante y los dos médicos especialistas conocen su redacción. 

Origen y validez

El Documento de Voluntades Anticipadas nace de la Ley de Autonomía del Paciente del año 2002, en la que se reconoce que «cualquier persona mayor de edad, que no haya sido judicialmente incapacitada para ello y actúe libremente, tiene derecho a manifestar sus objetivos vitales y valores personales, así como las instrucciones sobre su tratamiento, que la médica o el médico o el equipo sanitario que le atiendan respetarán cuando se encuentre en una situación en la que no le sea posible expresar su voluntad».

El documento solo tendrá validez y solo se consultará en este contexto de incapacidad para decidir, puesto que siempre que la persona esté consciente y sea capaz, será su opinión la que prevalezca, aunque fuese contraria al contenido de su DVA.

El equipo médico, cuando se encuentre ante una o un paciente en una situación en la que no le sea posible expresar su voluntad, tiene la obligación de consultar en su historia clínica para comprobar si tiene hecho un DVA, en cuyo caso, y siempre que se encuentre en los supuestos clínicos en él mencionados, deberá seguir las instrucciones sanitarias que contiene el documento, ya que son de obligado cumplimiento, siempre que sus disposiciones se sitúen dentro de la legalidad.

 

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