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Salud del País Vasco publica una orden que equipara el uso del cigarrillo electrónico al del tabaco

 

El Boletín Oficial del País Vasco ha publicado la Orden del Departamento de Salud del Gobierno Vasco para regular y restringir el uso del cigarrillo electrónico en lo referente a los lugares de consumo

 

Vitoria Gasteiz, 24 de marzo de 2014 (medicosypacientes.com)

La orden dispone adoptar las medidas precisas para disuadir del uso del cigarrillo electrónico en centros y establecimientos sanitarios, centros docentes, y dependencias de la Administración General e Institucional de la CAV, incluidos los medios de transporte públicos, tanto por el personal propio como por las personas usuarias.

Conforme a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, y en tanto no se demuestre que el cigarrillo electrónico es un producto seguro, eficaz y de calidad aceptable, la orden contempla promover su equiparación, como referencia, a las condiciones de uso establecidas para los productos del tabaco.

Asimismo, recomienda al resto de las Administraciones Públicas de Euskadi que, en el ejercicio de sus respectivas competencias, adopten medidas similares.

Según recuerda el apartado justificativo de la orden -que alude a los principios de prudencia, proporcionalidad y ejemplaridad-, aunque la promoción de este artículo lo presenta como un sustitutivo del tabaco o incluso como dispositivo que puede ayudar a abandonar el hábito de fumar, a día de hoy no se ha demostrado su eficacia en este sentido ni se ha podido determinar de modo concluyente su carácter inocuo, puesto que no hay evidencia científica sobre el impacto en la salud de las personas usuarias directas y de otras personas del entorno.

De hecho, para determinar la seguridad, la eficacia y los posibles efectos secundarios de este dispositivo es preciso contar con más estudios e investigaciones, sin ser del todo descartable que su uso en lugares públicos puede comprometer el proceso de normalización que se ha conseguido tras la regulación del tabaco por la normativa vigente.

La Organización Mundial de la Salud recomendó en julio de 2013 no utilizar estos artículos y los «desaconseja hasta que no haya datos que demuestren que es un producto seguro, eficaz y de calidad aceptable, y que esto esté certificado por un organismo regulador nacional competente».

El Parlamento Europeo, por su parte, elaboró el 8 de octubre de 2013 una propuesta que reclama la realización de estudios sanitarios que evalúen estos dispositivos antes de catalogarlos, y se prevé que en este 2014 se apruebe la correspondiente Directiva Europea que constituirá la legislación general y estándar que cada estado miembro deberá tener en cuenta para realizar su propia regulación.

 

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