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Los pacientes tendrán adelantar el pago íntegro de las prótesis si el establecimiento no acepta hacerse cargo

Los pacientes gallegos usuarios de prótesis tendrán que adelantar el pago íntegro de estos elementos a partir del próximo 15 de junio, salvo que suscriban un acuerdo de «endoso» con el establecimiento de venta, según el cual sería el suministrador el que se haría cargo de este adelanto para recibir directamente el reembolso de la Administración

Santiago, 5 de junio de 2013 (medicosypacientes.com/EP)

Así lo recoge el nuevo modelo de prestación ortoprotésica que presentó ayer el secretario xeral técnico del Servizo Galego de Saúde (Sergas), Antonio Fernández Campa, y que entrará en vigor el próximo 15 de junio.

Dentro de este nuevo sistema, la Xunta ya no devolverá el precio subvencionado de estas prótesis al conjunto de los establecimientos, sino que se hará de forma individualizada con cada prótesis prescrita. Para ello, los usuarios tendrán que adelantar el coste íntegro de la prótesis y, posteriormente, solicitar a la Xunta que le devuelva la parte subvencionada -dado que, por el momento, el paciente debe pagar una cantidad fija en función de la prótesis-.

Según ha explicado Fernández Campa, la Xunta maneja un plazo de unos cinco meses para que ese dinero sea devuelto a los pacientes, 3 de plazo con carácter general y dos para elaborar la propuesta de pago «como máximo».

Posibilidad de «endoso»

Sin embargo, si los pacientes no quieren adelantar esta cantidad o esperar un plazo medio de cinco meses para recuperarla, Sanidade incluye en la orden un sistema de cesión de crédito o «endoso», según el cual el establecimiento autorizado que vende el producto puede hacerse cargo de adelantar el dinero y, posteriormente, reclamárselo directamente a la Xunta.

En estos casos, además de la documentación ordinaria para solicitar el reintegro -impreso de solicitud, justificante de prescripción, copia de la ficha técnica del producto y factura-, deberá aportarse una aceptación del endoso tanto por parte de la empresa como por parte de la persona usuaria.

Preguntado sobre la posibilidad de que los establecimientos rechacen adelantar ellos los pagos -de modo que tendría que hacerlo el usuario-, Fernández Campa ha indicado que no tiene «noticias» de que en otras comunidades en las que está vigente este sistema «se estén oponiendo».

En todo caso, recomendó, si esta situación se produce, el paciente tendrá la opción de «elegir otro establecimiento» para adquirir la prótesis.

Mayor control

La Xunta plantea este cambio de organización con el objetivo de determinar si la prestación protésica que subvenciona a los pacientes coincide con la prescripción del sanitario. En este sentido, Antonio Fernández-Campa recordó que anteriormente la Administración sanitaria recibía todas las facturas de las prótesis subvencionables en un único documento, lo que hacía difícil analizarlas.

Con el nuevo sistema, y haciendo uso además de los datos de la prescripción electrónica, se podrán analizar individualizadamente las prestaciones.

Cuantía máxima

La orden aprueba el catálogo general del material ortoprotésico, fijando para cada producto la cuantía máxima que financiará el Sergas. Por el momento, el paciente deberá hacer frente al pago de una cantidad fija correspondiente a parte del coste del producto, aunque una vez que entre en vigor la reforma que se está realizando a nivel nacional, la intención es que los pacientes paguen o no en función de su nivel de renta, al igual que se hace con los fármacos.

La orden se refiere exclusivamente a los productos ortoprotésicos ambulatorios. Es decir, las prótesis e implantes quirúrgicos están excluidos de este sistema, es decir, no tienen ni tendrán ningún tipo de aportación del usuario y no se les aplica este sistema de dispensación. Tampoco se incluyen los productos dispensados en la unidad de lesionados medulares ni en la de atención temprana.

Los productos serán prescritos siempre por los facultativos especialistas del Sergas y únicamente podrán ser dispensados por los establecimientos sanitarios debidamente autorizados.

Serán derechos de los usuarios la libertad de elección de entre los establecimientos sanitarios dispensadores conveniados, la renovación de la prestación, si procede; la recepción de información técnica y certificado de garantía y la posibilidad de exigir cambios o reparaciones en el producto.

Asimismo, los usuarios deberán cumplir las instrucciones del facultativo que prescribe la prótesis, hacer un buen uso de la misma y hacer efectiva la devolución del producto si es reutilizable.

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