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Los pacientes con VIH dejarán de estar excluidos en prestaciones, servicios o contratación de seguros

La Coordinadora estatal de VIH y Sida (CESIDA) ha valorado positivamente la reciente aprobación en el Congreso de los Diputados del texto definitivo de la proposición de reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que declarará como nulas o no vinculantes las cláusulas, estipulaciones, condiciones o pactos que excluyen a una de las partes por tener el VIH en determinados negocios jurídicos, prestaciones o servicios

La iniciativa legislativa, votada la pasada semana en el Congreso a instancia del Parlamento Navarro, quien impulsó su aprobación a través de una propuesta de reforma legislativa, también añadió una disposición adicional en la Ley del Contrato de Seguro, remarcando la no discriminación por razón de VIH u otras condiciones de salud similares.

 
«No se podrá discriminar a las personas que tengan VIH/SIDA u otras condiciones de salud. En particular, se prohíbe la denegación de acceso a la contratación, el establecimiento de procedimientos de contratación diferentes de los habitualmente utilizados por el asegurador o la imposición de condiciones más onerosas, por razón de tener VIH/SIDA u otras condiciones de salud, salvo que se encuentren fundadas en causas justificadas, proporcionadas y razonables, que se hallen documentadas previa y objetivamente», recoge la modificación.
 
El presidente de CESIDA, Ramón Espacio, ha mostrado su «satisfacción» con este cambio, que supone «un avance en igualdad de derechos para las personas con VIH». Además, puntualiza que «se consolidará en breve, ya que al ser la comisión con plena competencia legislativa, no necesita ir a Pleno. «Se ha aprobado y va directamente al Senado para ratificación», ha añadido.
 
«Hasta ahora, como personas con VIH, teníamos el estigma social y la discriminación de personas, lo que tenía graves consecuencias para el desarrollo normal de la vida de estas personas», lamentó.
 
La Cámara Baja  da al Gobierno un plazo de un año para presentar un proyecto de ley en el que determine la aplicación de los principios de esta normativa a otras enfermedades, respecto a las que pueda considerarse que se aplican los mismos efectos excluyentes en las relaciones jurídicas.
 
«Es necesario erradicar del ordenamiento jurídico todos aquellos aspectos que pongan trabas a la igualdad de oportunidades y promuevan la discriminación por cualquier motivo, en este caso por ser personas portadoras del CIH, en lo que respecta al ámbito de las cláusulas discriminatorias contenidas en determinados contratos, negocios jurídicos, prestaciones o servicios», señala el texto aprobado.
 
 
 
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