viernes, marzo 29, 2024

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Los Médicos que desaconsejen vacunaciones del calendario actual, actúan de manera “inadecuada y, en ocasiones, peligrosa”

La Asamblea General de la Organización Médica Colegial (OMC) ha aprobado hoy una Declaración de la Comisión Central de Deontología (CCD) de la corporación sobre la Vacunación Pediátrica en la que, desde la ética y la deontología, se considera que los médicos que públicamente o en el ejercicio de su profesión desaconsejen las vacunaciones indicadas en el calendario actual, actúan de manera “inadecuada y, en ocasiones, peligrosa”.

La declaración hace una exposición detallada de lo que es y supone la vacunación para proteger a la población infantil de enfermedades como la polio, el sarampión o la difteria, siempre aplicadas con base científica indiscutible y de extraordinaria utilidad para la salud individual y colectiva. Y afirma que  las vacunas pediátricas  son muy seguras y que los efectos secundarios que aparecen con alguna frecuencia son muy leves y los graves son excepcionales. 

Sobre las opiniones en contra de la vacunación infantil, maximizando los efectos secundarios  y con especial referencia a los que dicen pueden aparecer a más largo plazo (autismo, enfermedades neurológicas como encefalitis desmielinizante), asegura que en absoluto están fundamentados y considera que con éstos postulados se  “desinforma a la población” y se crea una “infundada alarma social”.  

La CCD considera que los profesionales sanitarios tienen la obligación y la responsabilidad de recomendar la vacunación, aunque precisa que no todas las vacunas con igual fuerza, pues no es comparable el riesgo que supone tener una enfermedad u otra ni el porcentaje de protección que confiere. Y pone como ejemplo de esto la vacunación contra la difteria, de incuestionable efectividad en una enfermedad que puede llegar a ser mortal.

También plantea como cuestión con indudables implicaciones éticas la incorporación incesante de nuevas vacunas en el calendario recomendado que, en opinión de la CCD, exige un ejercicio de prudencia y un posicionamiento crítico, no diferente al que se tiene o se debería tener con innovaciones de fármacos o de nuevas tecnologías, es decir, regirse por criterios de efectividad, seguridad y eficiencia, basados en evidencias científicas. 

Para la CCD, la información a la población por las Administraciones sanitarias, profesionales y laboratorios, es de especial relevancia ética. Y llama la atención sobre que, en muchos casos, los padres que tienen dudas sobre la vacunación, se informan a través de redes sociales que, en demasiadas ocasiones, ofrecen información incorrecta, no contrastada, cuando no rotundamente falsa, lo que contribuye a difundir ideas erróneas y mitos sobre vacunas.

Advierte que el manejo frívolo de los riesgos de las vacunas, apoyándose en argumentos con escasa o nula base científica, genera desconcierto y pérdida de confianza en las recomendaciones de los médicos y de las autoridades sanitarias. 

Teniendo en cuenta que la vacunación en España, a diferencia de otros países, no es obligatoria aunque forma parte de la cartera de servicios de Atención Primaria, aprobada por el Consejo Interterritorial del SNS y las comunidades autónomas, la negativa familiar a la vacunación plantea un conflicto de valores entre el derecho de los padres a la crianza de sus hijos según sus valores y creencias.

La vacunación pediátrica es un derecho básico, según la reciente Ley 26/2015 de 28 de julio, de Protección a la Infancia y Adolescencia, en la que queda consagrado el principio de prevalencia del interés superior del menor a la salud. 

Es relevante conocer, así mismo, que la vacunación pediátrica es fruto de una decisión de la autoridad sanitaria en materia de salud pública que no requiere de un diagnóstico previo y el cumplimiento de esa orden de la autoridad sanitaria suple a la prescripción facultativa. 

En base a esto, la CCD considera que la responsabilidad del médico, ante el rechazo de vacunación, no debe limitarse a informar y debe hacer un esfuerzo por entender las motivaciones de los padres, sus preferencias y valores, sobre todo, al entender que está en juego la salud de sus hijos, sin posibilidad de tomar decisiones que le afectan. 

Teniendo en cuenta que las vacunas son un derecho de todos los niños y ante el descenso de la población inmunizada con peligro de aparición de brotes de infecciones prevenibles, plantea que se legisle su obligatoriedad, de forma similar a la del cinturón de seguridad en coches o caso en motos. 

Por todo lo expuesto, concluye que:

-Los poderes públicos, siguiendo el mandato constitucional, deben poner al servicio de los médicos y de la población todas aquellas vacunas que han demostrado fehacientemente su efectividad, seguridad y eficiencia. 

-Los médicos tienen el deber deontológico de promover la vacunación universal en aquellas enfermedades en que dicha vacunación se ha demostrado como de probada eficacia.

-La existencia de un calendario vacunal común refuerza la confianza sanitaria y social en las vacunas.

-El médico debe recordar siempre que es el garante del mayor beneficio para el menor ante situaciones en las que se ponga en riesgo su salud. 

-La ética y la deontología señalan que los médicos que públicamente o incluso en el ejercicio de la profesión, desaconsejan las vacunaciones indicadas en el calendario oficial, sin concurrencia de contraindicación justificada, vulneran las normas del Código de Deontología Médica y, como consecuencia, pueden considerarse actuaciones profesionales de praxis, cuando menos, inadecuada y, en ocasiones, peligrosa. 

 

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