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Los médicos jubilados analizan la repercusión en las pensiones del aumento de cotizaciones

La Vocalía de Medicos Jubilados de la OMC, que preside el doctor Aurelio González Palacios, analizó, en su última asamblea, la repercusión del aumento de cotizaciones  a la Seguridad Social establecido este año por  Gobierno para el cobro de las pensiones

Madrid, 3 de julio de 2013 (medicosypacientes.com)

Desde la Vocalía de Médicos Jubilados, según el doctor  Aurelio González Palacios,  «pretendemos advertir con tiempo suficiente, no solo a los médicos que están próximos a la jubilación, sino también a los jóvenes,  sobre diversos datos, entre ellos la base de cotización, que van a condicionar   la pensión que percibirán cuando llegue el momento de jubilarse y, más teniendo en cuenta, las modificaciones legales al respecto».

Para el doctor González Palacios, es muy importante que el médico joven conozca que «dado el largo periodo de formación de la licenciatura de Medicina y los posteriores años de especialización, el médico inicia su periodo de trabajo regular sobre los 29 ó 30 años, por  lo que sólo le quedan entre 35 y 37 años de ejercicio para poder  cotizar y si quiere cobrar el 100% de la pensión, tendrá que aumentar progresivamente el tiempo de cotización».

Según el Dr. González Palacios, «Contratos eventuales, a tiempo parcial, los llamados contratos basura, etc., limitarán la cotización» y también advierte que «las horas de guardia no se computan en la cotización». Aconseja «guardar las nóminas o bien pedir anualmente información al INSS para comprobar que se ha cotizado cada año por la base correspondiente».

El doctor Gonzalez Palacios presentó en la Asamblea de la Vocalía de Médicos Jubilados dados generales sobre el periodo mínimo actual de cotización para tener derecho a una pensión que ha entrado en vigor a partir de enero de 2013 -que ha pasado de 15 años a aumentar progresivamente un año cada año hasta alcanzar los 25 años en el 2022; los años necesarios de cotización para percibir la mayor pensión;  cómo se computan las bases por las que se haya cotizado a diversas empresas en los casos de pluriempleo; el computo que hay que hacer si se trabaja a tiempo parcial; la fórmula para obtener la base reguladora que determinará, en cada caso, la pensión a recibir; cómo repercute la cotización en la pensión de viudedad; la edad de jubilación en función de la cotización, e información sobre planes de pensiones.

También informó que para aquellos  que, al alcanzar la edad de jubilación a los 65 años  hayan cotizado durante al menos 40 años, pueden percibir un porcentaje adicional de un 3%, aunque, esta normativa está actualmente en pleno proceso de evolución y el porcentaje es variable en función de los años cotizados.

 

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