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¿Llevarán los avances informáticos a una nueva relación de los médicos con sus pacientes? (II)  

 

En esta segunda parte del artículo de la profesora Castellano se analiza el papel de la deontología médica ante estas nuevas formas de relación médico-paciente, derivadas del avance de las nuevas tecnologías informáticas aplicadas a la salud

Madrid, 26 de abril 2013 (medicosypacientes.com)

 

¿Llevarán los avances informáticos a una nueva relación de los médicos con sus pacientes? (II)

 

María Castellano Arroyo. Vocal de la Comisión Central de Deontología. Catedrática de Medicina Legal

En la actualidad, estos progresos permiten ya la asistencia sanitaria «a distancia», es decir, sin el contacto físico del médico con el paciente, ya que a través de satélites y con presencia de videocámaras se puede establecer contacto telefónico y visual entre dos lugares distantes de manera que en uno esté el paciente y en el otro el médico, pudiendo dar éste instrucciones según lo que oye y ve en una pantalla informática. Así se actúa en medicina militar para prestar asistencia a soldados o a pescadores embarcados que enferman o se accidentan en lugares lejanos y sin posibilidad de asistencia médica presencial.

Esta forma de telemedicina se aplica también a patología de diagnóstico visual, como sucede en la dermatología o a personas privadas de libertad y cuyo traslado al medio hospitalario conlleva especiales dificultades de custodia y seguridad.

Después de lo dicho, comprendemos porqué nos preguntamos si ¿estamos ante una nueva relación médico-paciente?.

Si observamos los cambios experimentados en las relaciones familiares y sociales, también estas se han visto afectadas por las mismas circunstancias y en la misma medida que las que suceden entre un médico y su paciente. DE la comunicación basada en las visitas y encuentros directos o mediante el correo postal hemos pasado al teléfono móvil, con la posibilidad de adjuntar fotos, documentos, etc., la comunicación con imagen en directo, en tiempo real, a través de webcam, han sustituido a aquél contacto familiar y social directo, y mantiene, sin duda, una comunicación en la que los afectos y la transmisión de informaciones personales está garantizada.

Bajo este prisma hemos de ver estas nuevas posibilidades incorporadas en la asistencia sanitaria, teniendo en cuenta una serie de precauciones.

La deontología médica acepta estas nuevas formas de relación médico-paciente, pero teniendo en cuenta una serie de precauciones que mantengan y preserven derechos del paciente como son su libertad de elección del médico o centro (siempre que sea posible), de las medidas terapéuticas propuestas, de la salvaguarda de su intimidad, de la seguridad y privacidad de sus datos clínicos, etc., etc.

Por todo ello, la recomendación es que, siempre que sea posible, la relación médico-paciente será presencial, personal e íntima, participando en la misma el personal sanitario indicado en cada caso y la persona o personas designadas por el paciente para compartir con él la información recibida y la toma de decisiones.

La asistencia médica mediante medios informáticos (telefónicos, correos electrónicos, imagen, videoconferencia u otros), se limitará a circunstancias que no permitan la asistencia personalizada. Cuando se recurra a estos medios por razones de economía, se tendrá en cuenta que se trate de patología en la que la relación personal y el apoyo terapéutico de la palabra y el gesto tengan menos importancia, como puede suceder en las lesiones dermatológicas.

Las consultas telefónicas o por comunicación electrónica, se reservarán para pacientes ya conocidos en encuentros personales previos, y cuyos antecedentes e historia clínica conocida permite al médico actuar con seguridad sobre la identidad del paciente y las circunstancias de la consulta.

Otros tipos de consulta como son las segundas opiniones, a través sólo del envío de documentación, se valorarán y aceptarán de forma muy prudente y sin olvidar el respeto al paciente y a los colegas implicados en la asistencia previa.

Cuando el médico ofrezca formas de asistencia basadas en procedimientos informáticos y no presenciales, se deberán dar circunstancias que pongan en evidencia más ventajas que inconvenientes. Esto puede suceder en lugares muy alejados de un centro asistencial, o espacios donde se concentren tipos de pacientes como niños, ancianos, etc.; la pretensión es que ante un episodio se pueda conectar informáticamente con un médico o un centro desde el que se soliciten datos, se pueda visualizar, incluso, al paciente y se puedan dar instrucciones directas a quién le atiende para que preste los auxilios inmediatos y urgentes y se realice el traslado, si es necesario, en las condiciones adecuadas. En estos casos, en el momento de contratar el servicio debe existir necesariamente una relación personal entre el médico o los médicos que prestarán esta asistencia y las personas que van a asumir el contacto vía telemática, bien el paciente o pacientes potenciales, o quienes tienen encomendado sus cuidados. En este encuentro (contractual) quedarán claramente establecidas las condiciones y prestaciones a las que se comprometen ambas partes, comprobando el médico que quienes van a utilizar los medios informáticos conocen bien su funcionamiento y van a utilizarlo correctamente.

Desde la Ética, como búsqueda de la perfección, más allá de la exigencia legal, el médico no puede olvidar que como regla general, cada acto médico debe ser un acto único, personalizado, creado para ese paciente concreto, con sus características personales y sus circunstancias. Esto debe tenerse presente en todo tipo de comunicaciones, distintas de la presencial y personalizada. En la medida en que la relación médico-paciente se sirva en mayor medida de medios electrónicos o informáticos que alejen el contacto físico y presencial del médico y del paciente, mayor cuidado habrá que tener en el respeto del paciente y de sus derechos, teniendo muy presente su dignidad, su intimidad y el derecho a ejercer su libertad y su autonomía.

 

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