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Las Sociedades de A.P., satisfechas por que los profesionales de las mutuas no puedan acceder a las historias clínicas del SNS

 

Las tres Sociedades Científicas de Medicina de Familia (SEMERGEN, semFYC y SEMG) han expresado conjuntamente su satisfacción con el nuevo borrador de la futura Ley de Mutuas, tras diversas reuniones con el Ministerio de Sanidad. Uno de los puntos que más valoran es que los profesionales de las mutuas no tengan acceso a las historias clínicas del SNS

 

Madrid, 4 de julio 2014 (medicosypacientes.com)

Las tres Sociedades Científicas de Medicina de Familia (SEMERGEN, semFYC y SEMG) han expresado conjuntamente su satisfacción con el nuevo borrador de la futura Ley de Mutuas, tras diversas reuniones con el Ministerio de Sanidad. Uno de los puntos que más les satisface, según han destacado en un comunicado, es que la normativa reconoce que los profesionales del Sistema Nacional de Salud (SNS) puedan acceder a las pruebas complementarias realizadas por las compañías. Además, la nueva legislación no contempla el acceso por parte de los profesionales de las mutuas a las historias clínicas del SNS, manteniendo así la confidencialidad del paciente, lo que siempre han defendido los médicos de familia.

En este sentido, apoyan, tal y como se recoge en la futura legislación, que se mantengan las funciones, con sus respectivas responsabilidades, de todos los agentes que intervienen en el proceso de la incapacidad temporal (IT): mutuas de accidentes laborales, inspectores de la Seguridad Social y médicos de familia.

El nuevo borrador de la ley especifica, según explica su escrito, el deber de las mutuas de notificar a la Inspección de la Seguridad Social quién obrará cumpliendo con sus responsabilidades, desapareciendo así la potestad de notificación de alta médica por parte de las mutuas laborales, tras un silencio administrativo de cinco días del SNS, tal y como se contemplaba en la anterior ley.

En relación al proceso de IT, los profesionales de Atención Primaria, tal como han indicado, llevan años manifestando la necesidad de una reforma legislativa para su adecuada gestión. Una demanda reiterada que pretende que el médico de familia sea el director del proceso de IT, competencia propia de este profesional, ligada a su trabajo diario, garantizando los derechos de los pacientes en cuanto a confidencialidad, disminuyendo la burocracia y facilitando una gestión correcta de la incapacidad temporal que redunde en un uso eficiente de los recursos.

Gestión de IT

Por todo ello, instan al Instituto Nacional de la Seguridad Social a dialogar sobre el futuro del nuevo Real decreto de Gestión de la IT, con el objetivo de que tenga en cuenta la necesidad de llevar a cabo profundos cambios en la burocracia que actualmente genera este proceso, tanto para los ciudadanos como para los profesionales. Sirva de ejemplo las experiencias piloto que ya se han llevado a cabo en Navarra y en Andalucía.

Las tres Sociedades de Primaria consideran que, teniendo en cuenta que la actual legislación de IT corresponde a la Ley de Seguridad Social de 1966, que aunque se ha ido reformando no se ha modificado la burocracia que implica este proceso, es lógico que sea susceptible de mejora y adaptación a la situación actual. Es preciso modernizar el control y seguimiento de este procedimiento, y que la IT se reconozca como un proceso clínico, y no administrativo, donde los tiempos de baja se ajusten, según criterio del médico de familia, a las características clínicas de cada paciente.

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