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La Comisión Permanente de la OMC congrega, por primera vez, a todos sus representantes de las Comisiones Nacionales de las Especialidades

Con el objetivo de mantener reuniones periódicas para intercambiar y exponer información, experiencias e inquietudes, la Comisión Permanente de la Organización Médica Colegial reunió, recientemente, a los especialistas que representan a la corporación médica en cada una de las 48 Comisiones Nacionales de las Especialidades integradas en el Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud (CNECS), perteneciente al Ministerio de Sanidad

El encuentro, el primero de estas características, que fue muy bien acogido por parte de los convocados, estuvo presidido por el presidente de la OMC, Dr. Serafín Romero, con la asistencia, además, del vicepresidente segundo, Dr. Javier Font; y el secretario gral., Dr. Juan Manuel Garrote; y del coordinador del grupo de representantes de las Comisiones Nacionales de las Especialidades, Dr. Manuel García Bengoechea, presidente del Colegio de Médicos de Guipúzkoa y miembro de la Comisión Nacional de Aparato Digestivo. El Dr. García Bengoechea fue nombrado, recientemente, para el cargo por la Comisión Permanente de la OMC.

 
Cada uno de los representantes participantes en la reunión tuvo la oportunidad de expresar su satisfacción por esta iniciativa de la Comisión Permanente que les hace sentirse arropados por los máximos responsables de la corporación médica. La convocatoria también les da oportunidad de exponer sus principales consideraciones, que pasan, principalmente, por la adecuación de los programas de las especialidades a las nuevas expectativas formativas.
 
Los especialistas que representan a la OMC en dichas Comisiones se mantienen en éstas por períodos de cuatro años, siendo elegidos para esta misión por votación de la Asamblea General, y, preferentemente, procedentes de Juntas Directivas de Colegios de Médicos.
 
Las Comisiones Nacionales de las especialidades son órganos asesores y consultivos del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Educación, reguladas en el art. 28 de la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), y relacionadas con la formación y las especialidades médicas. Entre sus funciones cabe destacar: la elaboración del programa formativo de la especialidad; el establecimiento de los criterios de evaluación de los especialistas en formación; la fijación de los criterios para la evaluación en el supuesto de nueva especialización previsto en el artículo 23 de la LOPS; la propuesta de creación de áreas de capacitación específica; y la determinación de criterios para la evaluación de unidades docentes y formativas.
 
Entre las funciones asignadas a dichas Comisiones también figura la participación en el diseño de los planes integrales dentro del ámbito de la correspondiente especialidad, así como el informe sobre programas y criterios relativos a la formación continuada de los profesionales, especialmente los que se refieran a la acreditación y la acreditación avanzada de profesionales en áreas funcionales específicas dentro del campo de la especialidad.
 
Su composición está configurada por: dos vocales propuestos por el Ministerio de Educación, uno, al menos, de los cuales deberá ostentar la condición de tutor de la formación en la correspondiente especialidad;  cuatro vocales de entre los especialistas de reconocido prestigio que proponga la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud; dos vocales en representación de las entidades y sociedades científicas de ámbito estatal legalmente constituidas en el ámbito de la especialidad; otros dos vocales en representación de los especialistas en formación, elegidos por éstos en la forma que se determine reglamentariamente; un vocal en representación de la organización colegial correspondiente. 
 
En este último caso, si la especialidad puede ser cursada por distintos titulados, la designación del representante se efectuará de común acuerdo por las corporaciones correspondientes.
 
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