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España no cumple el plazo de transposición de la Directiva de radiaciones ionizantes

España ha incumplido el plazo de transposición de la Directiva Europea de radiaciones ionizantes, que regula la protección contra su exposición, incluidas las provenientes del radón, que concluía ayer martes, lo que puede comportar sanciones por parte de la UE, según se advirtió desde organizaciones como Comisiones Obreras (CCOO)

La directiva europea 2013/59/EURATOM del Consejo de Europa, de 5 de diciembre de 2013, no es exclusivamente sanitaria, ya que regula tanto la exposición a radiaciones en el ámbito médico, para mejorar la seguridad de los pacientes, profesionales sanitarios y equipos, como las exposiciones ocupacionales y poblacionales.

 
«Es inaceptable retrasar la trasposición de una Directiva que afecta a un problema de salud pública y laboral de primer orden», según el secretario de Salud laboral de CCOO, Pedro J. Linares, quien señala que su trasposición completa es «urgente».
 
El sindicalista considera necesario que el Gobierno realice las oportunas consultas a los agentes sociales, y ponga en marcha el plan de acción nacional sobre el radón. «Pero este plan debe desarrollarse implicando a las autoridades sanitarias y laborales, además de las de industria; debe prever la tutela de las autoridades laborales respecto de las exposiciones en los lugares de trabajo, y debe coordinarse con las CCAA para dedicar los recursos económicos y humanos necesarios para velar por el cumplimiento de la legislación en materia de radiaciones ionizantes, y no hacer dejación de funciones como se viene haciendo con la actual normativa en vigor desde 2012», afirmó.
 
Dicha normativa europea sustituye a las anteriores Directivas que regulaban las normas de seguridad que protegían frente a las exposiciones a radiaciones ionizantes, incluidas las de origen laboral, y que dieron lugar, entre otros, al Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes y a la Instrucción IS-33 del Consejo de Seguridad Nuclear sobre criterios radiológicos para la protección frente a la exposición a radiación natural.
 
En el ámbito médico no establece límites de dosis en exposiciones médicas para los pacientes pero sí establece su derecho a ser informados sobre los riesgos y beneficios de las pruebas que emitan radiaciones ionizantes, como los PET o los TAC, así como la dosis a la que se exponen.
 
Además, establece que el prescriptor y el profesional sanitario que tienen la responsabilidad clínica de dicha exposición son los que deben informar al paciente de los riesgos y beneficios, así como de garantizar que dichas pruebas estén debidamente justificadas y optimizadas.
 
Por otro lado, la norma establece que cualquier equipo médico-radiológico que se implante a partir de febrero cuente con un dispositivo capaz de medir la dosis de radiaciones ionizantes a las que se ha sometido el paciente, y que esa información sea transmisible y se almacene.
 
Entre las exposiciones a radiación natural destaca la exposición a radón, gas radiactivo proveniente de la descomposición del uranio presente en las rocas del subsuelo, que se acumula fundamentalmente en plantas bajas y sótanos y que constituye la segunda causa de cáncer de pulmón tras el tabaco (se estiman 1300 fallecimientos por cáncer de pulmón al año atribuibles al radón en España), y primera causa laboral en relación a este tipo de cáncer, una vez prohibido el consumo de tabaco en los centros de trabajo.
 
Esta Directiva prevé, por otra parte, una importante reducción de los niveles máximos de concentración de radón, que pasan de los 1.000 Bq/m3 a 300 Bq/m3, y la obligación de establecer un plan de acción a nivel nacional que incluye la prevención en los lugares de trabajo.
 
CCOO se ha dirigido, además, a las Consejerías de Industria de las CCAA para solicitar información del grado de cumplimiento de la normativa vigente relacionada con el radón: número de empresas con radiación natural registradas, número de trabajadores afectados, recursos destinados para la inspección. 
 
Según el sindicato, hasta el momento solo han respondido tres comunidades (Asturias, Castilla y León y País Vasco), y de ellas se desprende que el grado de cumplimiento es muy pobre, con un total de sólo 20 empresas registradas, y con una gran precariedad de medios humanos dedicados a la inspección y control de la normativa.
 
Se adjunta Directiva 2013/59/EURATOM
 
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