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El Senado rechaza equiparar el cigarrillo electrónico al tabaco

 

El Grupo Parlamentario Popular rechazará las 249 enmiendas presentadas por la oposición a la Ley de reforma Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, según adelantó durante el debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, celebrada ayer martes, en la  que se aprobó el dictamen con los votos del PP y el rechazo del resto de grupos parlamentarios. Dicha normativa incluye la regulación de los cigarrillos electrónicos

 

Madrid, 19 de marzo 2014 (medicosypacientes.com/E.P.)

El Grupo Parlamentario Popular ha adelantado que rechazará las 249 enmiendas presentadas por la oposición a la Ley de reforma Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, durante el debate en la Comisión de Sanidad y Servicios Sociales, que aprobó ayer martes el informe de la ponencia únicamente con los votos del PP, que cuenta con mayoría absoluta en la Cámara Alta. El proyecto ha sido objeto de 5 vetos (PSOE, Entesa: 2 y G. Mixto: 2) y 249 enmiendas (PSOE: 60, CiU: 36, Entesa: 96, G. Vasco: 10 y G. Mixto: 47).

Seguidamente, el texto será elevadoa al Pleno de la semana que viene y de no incorporarse ninguna modificación respecto al remitido por el Congreso tal y como avanzaron este martes los miembros del Grupo Popular, pasaría directamente a su publicación en el BOE.

La norma regula, entre otros aspectos, el uso y publicidad de los cigarrillos electrónicos que contienen nicotina y otros productos similares. Concretamente, se modifica la actual Ley Antitabaco para detallar los lugares donde se prohibirá el uso de los cigarrilos electrónicos, así como su publicidad y definición, y a falta de conocer la nueva directiva del tabaco, que se debatirá en el Parlamento europeo próximamente.

Este precepto responde al acuerdo adoptado entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades el pasado mes de diciembre, por el que los cigarrillos electrónicos no se podrán usar en centros de las administraciones públicas y entidades de derecho público; también estará prohibido en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como en los espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos.

En el caso de los centros docentes o formativos, se prohibirá en los espacios al aire libre «salvo en los de centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios y aceras circundantes».

También estarán vetados estos cigarrillos al aire libre en parques infantiles o zonas de juego para la infancia, siempre que estén acotados y contengan «equipamiento o acondicionamiento destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores».

En lo que respecta al transporte, su uso estará restringido en cualquier tipo de vehículos de transporte público urbano e interurbano, así como en transporte marítimo, ferroviario o aéreo. En este último caso, no obstante, la prohibición sólo afectará a aviones de compañías españolas o vuelos compartidos con compañías extranjeras.

El Grupo socialista, a través de su portavoz en Consumo y senadora por Alicante, Encarna Llinares, criticó que el PP no hace caso de los informes jurídicos del Parlamento que informan sobre diversas incongruencias de la ley y reprochó al Grupo Popular que no acepte enmiendas de los demás grupos que, «sin duda, darían mayor seguridad a este texto legislativo». Por último, Llinares se refirió a la enmienda socialista por la que se propone equiparar las restricciones en el consumo y la publicidad de los cigarrillos electrónicos a la normativa actual del tabaco y aseguró que «debe prevalecer siempre la salud y el principio de precaución».

La Organización Médica Colegial (OMC) y el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (CNPT) también enviaron el pasado 13 de marzo a la Comisión de Sanidad del Senado un manifiesto con el fin de que se aplicara al cigarrillo electrónico la misma regulación fijada para el tabaco convencional.

 

UPyD pregunta al Gobierno qué efectos 
sobre la salud tienen los cigarros electrónicos

Asimismo, y en relación con el cigarrillo electrónico, UPyD registró el pasado lunes una batería de preguntas dirigidas al Gobierno desde el Congreso preguntándole por los efectos secundarios sobre la salud a corto, medio y largo plazo que pueden producir los cigarrillos electrónicos y productos similares, coincidiendo con que recientemente se ha detectado un caso de neumonía lipoidea por la utilización de estos dispositivos y con que se está tramitando su regulación en el Senado.

En la exposición de motivos, recogida por Europa Press, la formación que lidera Rosa Díez explica que la ciudadanía tiene la percepción de que los cigarrillos electrónicos, o sus homólogos emisores de vapor, son elementos «inocuos» que facilitan la deshabituación tabáquica de manera sencilla y sin consecuencias.

Sin embargo, lamenta que esta percepción parece no ser cierta y, a falta de estudios rigurosos por las administraciones sanitarias sobre los efectos en la salud del consumo constante y prolongado de este tipo de productos, «los hechos parecen demostrar que su consumo, al menos en cantidades importantes, si poseen efectos perjudiciales sobre la salud».

Recuerda que la pasada semana se diagnosticó el primer caso en España de neumonía asociada al consumo masivo de cigarrillos electrónicos, y consecuencia del consumo elevado de la glicerina que contienen los cigarrillos electrónicos.

«Pese a ser el primer caso de una patología que se diagnostica en nuestro país asociado al consumo de cigarrillos electrónicos se demuestra que su consumo, al menos en altas dosis, es perjudicial para la salud en un corto plazo pero todavía se desconocen los posibles efectos a medio y largo plazo que pueden suponer», subraya UPyD.

Por ello, UPyD cuestiona al Gobierno sobre si posee un estudio «riguroso» sobre el impacto que los cigarrillos electrónicos o similares puedan tener en la salud de los ciudadanos a corto, medio y largo plazo.

En caso contrario, quiere conocer si el Ejecutivo piensa encargarlo, además de si cree que la información que deben proporcionar los productores y dispensadores de este tipo de productos según establece el proyecto de ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias es suficiente.

 

 

 

 

 

 


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