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El COM Murcia celebra la pena impuesta al hombre que agredió a una médica de familia en un centro de salud

El Colegio de Médicos de Murcia  celebra la pena impuesta al hombre que agredió, recientemente, a una médica de familia en el centro de salud del Barrio del Carmen

El agresor insultó y amenazó a la doctora por “no recetarle un medicamento”. Fueron los propios compañeros de la agredida los que acudieron en su ayuda, dado que el centro de salud donde se produjeron los hechos no dispone de guardia de seguridad. Según la información disponible, al agresor se la ha impuesto una orden de alejamiento y una sanción económica.

El Colegio agradece el importante papel de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, quienes han detenido al agresor, permitiendo que estos hechos tan graves no queden impunes. 

Por ello, el Colegio insiste en la importancia de denunciar cualquier tipo de agresión, física o verbal, y recuerda que los colegiados víctimas de agresiones tienen a su disposición un teléfono de asistencia jurídica gratuita 24 horas para asesoramiento, el 616.66.09.95.

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE UNA AGRESIÓN

Si es víctima de una agresión, este es el protocolo de actuación que tiene que seguir:

1. Si ha sufrido lesiones, acuda a los servicios médicos para ser atendido y obtener el correspondiente PARTE DE LESIONES.

2. Llama al teléfono de ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA 24 HORAS que tiene a tu servicio el Colegio: 616 66 09 95, en el que encontrarás todo el asesoramiento necesario para tu defensa.

3. Acuda a la Comisaría de Policía o Cuartel de la Guardia Civil más cercano y presenta la correspondiente DENUNCIA.

4. Comunique por escrito al coordinador de tu Centro de Salud o al director gerente de tu Hospital adjuntando copia de la denuncia y del parte de lesiones. Conserve una copia con el sello de registro.

Además, recuerde que el médico que trabaja en los Servicios Sanitarios Públicos tiene el carácter de autoridad, por lo que los actos contra su integridad son susceptibles de ser tratados jurídicamente como delito de atentado previsto en el artículo 550 del Código Penal.

Es responsabilidad del empresario/empleador (Administración Pública o entidad privada) la protección de su personal en materia de riesgos laborales. Si detecta deficiencias en la prevención de riesgos o agresiones, denúncielo.

 

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