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Dr. Ribera Casado: «Estatuto del mayor»

El doctor Ribera Casado dedica este artículo al análisis de un documento sobre «Estatuto del Mayor, que desde hace más de un año, el IMSERSO está elaborando. El experto da la bienvenida cualquier medida que se oriente a dar mayor visibilidad a un colectivo que «a efectos del resto de la sociedad se puede considerar como prácticamente inexistente»

 

Madrid, 18 de octubre 2013 (medicosypacientes.com)

 

«Estatuto del mayor»

Dr. José Manuel Ribera Casado, académico de Gerontología y Geriatría de la Real Academia Nacional de Medicina (RANM)

Desde hace más de un año, el IMSERSO está elaborando un documento que llevará como nombre el de «ESTATUTO DEL MAYOR». Está bien que así sea. Bienvenida cualquier medida orientada a dar mayor visibilidad a un colectivo que a efectos del resto de la sociedad se puede considerar como prácticamente inexistente.

Si, además, como está ocurriendo, en su confección participan personas y asociaciones que entran por derecho en la categoría de mayores, mucho mejor. Tras visitar uno de los borradores de trabajo dedicaré al tema estos comentarios y los del próximo mes.

Por lo que hasta ahora se conoce se trata de un texto extenso -cerca de 100 páginas-, bastante elaborado, donde, tras una presentación inicial que cabría calificar como doctrinal y que incluye una especie de declaración de intenciones, se recogen, comentan y sugieren a lo largo de cuatro capítulos reflexiones y alternativas de mejora sobre los principales problema que afectan a este colectivo.

El primero se centra en la cuestión del empleo, e incluye debate abierto acerca de cuál es la edad idónea para la jubilación. Pienso y así lo expuse desde estas páginas hace unos meses, que habría que ir hacia una especie de «jubilación a la carta». Las circunstancias individuales son tan variables que es imposible establecer normas comunes y universales, ni por delante (jubilaciones anticipadas) ni por detrás. Los parámetros esenciales a tener en cuenta deberían ser dos: la voluntad del interesado y, en el caso de querer mantenerse activo más allá de una determinada edad, su adecuación para la tarea correspondiente, sus capacidades al respecto.

Este último punto podría evaluarse periódicamente mediante controles prestablecidos, al modo como se controla la capacidad de una persona a la hora de renovar o no su licencia para conducir.

Jubilarse no debe representar una supresión de lo que podríamos llamar derechos civiles del trabajador en relación con su empresa, sea ésta pública o privada. Respetando las peculiaridades de cada situación se deberían mantener determinadas prerrogativas que faciliten a la persona mayor una línea de continuidad con lo que ha sido su historia laboral previa (uso de instalaciones, derecho a utilizar servicios de la institución como biblioteca, comedores o aparcamiento en el caso de que existan, convocatorias a actos sociales, participación en programas formativos o culturales, recepción de boletines o revistas internas, asunción en su caso de tareas de voluntariado, etc.). No creo que ello suponga un sobrecosto significativo y, sin embargo, facilitaría una mayor y mejor integración social del jubilado.

Otro punto importante en este campo es el referido a la defensa de la posibilidad de compatibilizar la pensión de jubilación con determinado tipo de ingresos que no tienen por qué plantearse como competitivos dentro del mercado laboral. Y hacerlo de una manera más generosa que la prevista al respecto en las normas legales recientemente aprobadas.

El siguiente capítulo trata sobre participación. Creo, y así lo contempla el texto, que es un buen momento para poner énfasis en el riesgo que representa para los sectores de población con menos margen de defensa situaciones de crisis como la que vivimos hoy. Es obvio que el colectivo de más edad constituye uno de esos sectores más débiles. La marcha atrás que tiene lugar en las ayudas a la dependencia es un buen ejemplo de estos riesgos. También la amenaza diaria acerca de una eventual reducción de las pensiones.

Este apartado incorpora también la importante cuestión del voluntariado. La forma de regularlo, de reconocerlo y, sobre todo, de estimularlo. En muchos países, las personas de más edad son la principal fuente de voluntarios y cubren con generosidad y eficacia una serie de tareas muy importantes en el engranaje social que, sin ellos, quedarían vacías. En mi opinión, se debería buscar alguna manera de reconocimiento formal para estas actividades, discurriendo fórmulas imaginativas hasta ahora inexistentes, tipo desgravaciones fiscales ylo reconocimientos morales explícitos.

Se habla, a continuación, de vida independiente, atendiendo al tema de «envejecimiento activo» que ha sido el mensaje central de Naciones Unidas para el año 2012. La primera parte, extensa, está dedicada a las cuestiones relacionadas con Ia salud. A mi juicio el tema de la prevención debe ser prioritario dentro de este epígrafe. También la necesidad de insistir en que la atención geriátrica específica se contemple como medida obligatoria y común en el catálogo de prestaciones asistenciales ofertadas por todas y cada una de las comunidades autónomas. El tema de la dependencia cubre el resto del capítulo y, lógicamente, lo hace también de una manera muy extensa dada su actualidad y la abundante literatura generada por esta cuestión en los últimos tiempos. Querría resaltar algo que ya se contempla en otros apartados de este proyecto, la necesidad de que los problemas médicos, sobre todo los vinculados a procesos crónicos, y las disfunciones sociales sean abordados tanto a nivel estatal como autonómico de una manera conjunta.

Dejo para mi próxima colaboración los comentarios sobre el último de los grandes capítulos previstos en el Estatuto, el dedicado a la cuestión de Ia discriminación por edad. También insistiré en una serie de consideraciones de carácter general que me parecen básicas a la hora que conseguir que una iniciativa positiva como es la que nos ocupa pueda llegar a buen puerto.

Artículo publicado en www.balancedeladependencia.com

 

 

 

 

 

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