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Definición y ámbito de aplicación del Código de Deontología Médica

El Código, como explica en este artículo, el doctor Antonio Labad, miembro de la Comisión Central de Deontología de la OMC, es un vocablo o palabra que tiene muchos significados en la actualidad, en función de sus contextos. No es lo mismo, por ejemplo, si nos referimos a la Genética (código genético) o a la Informática (inserte su código…). En la materia que nos ocupa el código representa el conjunto o agrupación de normas, clasificadas en capítulos sobre la Deontología

Madrid, 11 de marzo 2013 (medicosypacientes.com)

El Código, como explica en este artículo, el doctor Antonio Labad, miembro de la Comisión Central de Deontología de la OMC, es un vocablo o palabra que tiene muchos significados en la actualidad, en función de sus contextos. No es lo mismo, por ejemplo, si nos referimos a la Genética (código genético) o a la Informática (inserte su código…). En la materia que nos ocupa el código representa el conjunto o agrupación de normas, clasificadas en capítulos sobre la Deontología.

La Deontología es un término relativamente nuevo si lo comparamos con el de Ética, ya que lo utilizó por primera vez un filósofo y jurista inglés, Jeremy Bentham (1748-1832) en su obra póstuma aparecida en 1832: «Deontología o Ciencia de la Moral». Utilizó ese término como sustituto de Ética y moral que, por aquel entonces, tenían unos significados poco diferenciados y con una connotación marcadamente religiosa. Deontología provenía del «deontos» griego que significaba deber, obligación. La Deontología en el sentido de Bentham trataba de lo que se debe hacer, concepción prácticamente similar a la actual.

Así pues la Deontología se refiere a las normas que deben practicarse en el ejercicio de una profesión, en este caso la médica. Esas normas debe respetarlas el médico celosamente y su falta debe ser sancionada, ya que ello constituye la garantía de la sociedad del buen cumplimiento (mínimo) del médico en su ejercicio.

El subtítulo «Guía Ética Médica» está diferenciado porqué, así como el Código de Deontología obliga, hay aspectos que -salvados los mínimos- no son de obligado cumplimiento pero sí son recomendables. En Ética las cuestiones no son categoriales, si o no, blanco o negro, son dimensionales; hay grados o niveles de excelencia. Quizá convenga clarificar o diferenciar, en lo posible, los conceptos Ética y Moral.

La Ética, tal como la entendemos actualmente, surge del interior del individuo como resultado de su propia reflexión razonada y como consecuencia de ello hace lo que debe hacer, lo que le dicta su conciencia. La Moral son los criterios o principios elaborados y aceptados por la mayoría de individuos que forman un colectivo o sociedad y que es cambiante a lo largo de las culturas y los tiempos.

Las sociedades van cambiando. Incluso hasta no hace muchos años los médicos daban supremacía a los principios de beneficencia (hacer el bien) y no maleficencia (no hacer daño), base del juramento hipocrático. Hoy predominan los principios «mayores» de autonomía (decisión del paciente) y de justicia (dar a cada uno lo que le corresponde en función de los demás) fruto de la evolución del conjunto de la sociedad en que vivimos y la gran mayoría de ciudadanos. La sociedad, mediante leyes, quiere garantizar la buena práctica del ejercicio de la profesión médica.

La Constitución Española (1978) en el artículo 36 dice: «La ley regulará las peculiaridades… de los Colegios Profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas…»

La Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, en el artículo 4.5 dice: «Los profesionales tendrán como guía de su actuación el servicio a la sociedad, el cumplimiento riguroso de las obligaciones deontológicas, determinadas por las propias profesiones conforme a la legislación vigente…».

El Real Decreto 757/2006 sobre los Estatutos Generales de Colegios Oficiales de Médicos, en el artículo 2.3 g) dice: «Corresponde al Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, la siguiente función: establecer las normas de la Ética y la Deontología en el ejercicio de la profesión médica, a través de un Código de Ética y Deontología Médica, velando por su cumplimiento».

La Ley 2/1974, sobre Colegios profesionales en el artículo 1.3 dice: «Son fines de estas Corporaciones… la defensa de los intereses profesionales de los colegiados y la protección de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados…».

Desde la Organización Médica Colegial se considera muy necesaria la difusión del contenido y sentido del Código Deontológico ya que hay médicos y ciudadanos en general que están convencidos que el Código defiende privilegios del colectivo médico, cuando en realidad se trata de un marco normativo pensado en la protección sanitaria de la sociedad y en la exigencia para los médicos en su labor profesional.

Hace ya años que la actividad profesional del médico ha ido evolucionando de una asistencia eminentemente privada a una asistencia pública o en mutuas, lo que hace que el médico, sin olvidar la esencia de la relación médico-paciente, trabaje en equipo con otros profesionales sanitarios que también tienen sus propios Códigos Deontológicos.

El hecho de que haya códigos diferenciados para cada profesión hace que no se hable específicamente de cada uno de ellos cuando se plantea una cuestión general de Ética o Deontología, aunque el referente para cada profesional sea el suyo.

Por esas razones, al haber equipos multidisciplinares y multiprofesionales, se han desarrollado Comités de Ética relacionados con lo asistencial (Comités de Ética Asistencial, CEA) y con lo investigador (Comités de Ética de Investigación, CEI) que tienen sus propios reglamentos.

La Bioética es un término que utilizó por primera vez V.R. Potter, bioquímico estadounidense, profesor de Oncología. La Bioética hace referencia a una Ética multidisciplinar que comprende profesiones relacionadas con la salud, de forma directa o indirecta. Por esta razón y en función de su organización y modos de pensar, unos centros han optado en denominar a sus comisiones de Ética, Comisiones de Ética Asistencial y, otros, Comisiones de Bioética Asistencial (CBA).

Los Comités de Ética o Bioética Asistencial no son vinculantes, es decir no obligan al profesional, en nuestro caso al médico que ha solicitado opinión o consejo. La Comisión puede darle, mediante un informe, una o varias recomendaciones u opiniones, incluso algunas podrían ser contradictorias, reflejo de la opinión de los miembros de la Comisión, una vez que han deliberado sobre la cuestión planteada. El que debe asumir la responsabilidad de aplicar o no las recomendaciones de la Comisión es el médico que realizó la consulta, siguiendo las normas del Código de Deontología Médica y los valores éticos que le dicta su conciencia y para lo cual la Guía de Ética Médica le sirve de confirmación y estímulo.

Como consecuencia de la evolución de la sociedad, de las estructuras organizativas, de los conocimientos científicos, de la informatización en general, de la informatización de la Historia Clínica en particular, las listas de espera, los tiempos de consulta, la reivindicación social respecto a las actuaciones médicas, pueden repercutir en la esencia de la relación médico-paciente, lo fundamental del acto médico, consistente en tratar no sólo la enfermedad, sino también al paciente como persona.

De lo que se trata es que el médico, haciendo buen uso de sus principios de autonomía (libertad profesional) y autorregulación (dar lo que corresponde en cada situación), respetando los principios del paciente, de beneficencia, no maleficencia, autonomía y justicia, asuma el Código Deontológico y fomente al máximo nivel posible, de acuerdo con su conciencia, los principios éticos del altruismo, la integridad, la honradez, la empatía y la capacidad de reconocer los errores que haya podido cometer y saber pedir perdón, si corresponde.

 

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