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Afectados por la talidomida en España serán indemnizados

El Juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid ha condenado a la farmacéutica alemana Grünenthal, fabricante de la talidomida, a indemnizar a los afectados en la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (AVITE) con 20.000 euros por cada punto porcentual de minusvalía reconocido, según la sentencia dada ayer a conocer. Los afectados la califican de «sentencia histórica», mientras la farmacéutica estudiará recurso

 

Madrid, 21 de noviembre 2013 (medicosypacientes.com/E.P.)

El Juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid ha condenado a la farmacéutica alemana Grünenthal, fabricante de la talidomida, a indemnizar a los afectados en la Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (AVITE) con 20.000 euros por cada punto porcentual de minusvalía reconocido, según la sentencia dada ayer a conocer.

La talidomida era un calmante que comenzó a comercializarse a partir de 1957. El fármaco se retiró en diciembre de 1961, pero los demandantes sostienen que hubo ventas en España hasta mayo de 1962. Provocó malformaciones congénitas en cerca de 3.000 personas en España.

En la sentencia, el juez estima parte de la demanda interpuesta por AVITE contra la farmaceútica alemana. Contra la sentencia, con un total de 23 páginas, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

De este modo, declara como afectados a los socios de AVITE incluidos en un listado contenido en auto de 6 de noviembre de 2012 y que se presentó en una audiencia previa. Según el auto, estos podrán percibir en el futuro las ayudas económicas establecidas en el Real Decreto 1006/2010 y tendrán que acreditar esta condición en ejecución de sentencia.

Además, condena a la demandada a indemnizar a cada uno de ellos con la cantidad de 20.000 euros por cada punto porcentual de minusvalía que les haya sido reconocido, más intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda con el incremento previsto legalmente a partir de esta resolución.

En el juicio, que se celebró el 14 de octubre, el representante legal de la empresa señaló que este fármaco «no estaba indicado para nauseas de embarazadas», pero reconoció que entonces, en el prospecto, no se las excluía. Por su parte, la defensa de la alemana sostuvo que las infracciones estaban prescritos.

En el procedimiento civil estaban inmersas veinticuatro de las cientos de víctimas que causó el consumo de este medicamento en España a raíz de una demanda de AVITE. Los afectados reclamaban un total de 204 millones de euros y que la farmacéutica alemana pida perdón por los daños causados.

Destinatarios de las indemnizaciones

Sobre los que recibirán las indemnizaciones, la sentencia señala que se presentó un documento certificado sobre una listado de socios distinguiendo aquellos que recibían ayudas con base en el Real Decreto 1006/2010 y los que las recibían de la Fundación Contergan.

En él se contiene la identidad de trece personas más que estarían recibiendo las ayudas del Real Decreto (aunque en la demanda se habla de 24 casos), dos de las cuales se dice que son también beneficiarias de la Fundación Contergan. Respecto a estas últimas, señala la sentencia, es obvio que «el daño está siendo reparado ya por la entidad fabricante de los medicamentos».

Por ello, no cabe «atender la reclamación articulada a través de la Asociación en este procedimiento ya que eso daría lugar a una duplicidad indemnizatoria injustificada y no amparable legalmente al no haberse puesto de manifiesto datos que permitan determinar que las ayudas de la Fundación Contergan son insuficientes o inadecuadas».

En cuanto a las restantes personas incluidas en el listado, agrega el fallo, «aunque no ha sido acreditada en autos su condición de beneficiarios de las ayudas del Real Decreto 1006/10, lo que se habría logrado simplemente incorporando la resolución administrativa recaída al efecto (prueba esta de no difícil obtención para la actora), se considera que tal cualidad puede hacerse valer en ejecución de sentencia mediante la aportación del citado documento, sin causar indefensión a la demandada.

Concluye que «la mercantil demandada será condenada a indemnizar en los términos antedichos a los socios de AVITE cuya condición de afectados por la talidomida ha sido reconocida en este procedimiento, es decir, los que perciben las ayudas del Real Decreto 1006/210 (excepto los que están siendo indemnizados por la Fundación Contengan).

«Sentencia histórica»

La Asociación de Víctimas de la Talidomida en España (AVITE) ha calificado  de «histórica» la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid por la que se condena a la farmacéutica alemana Grünenthal, fabricante de la talidomida, a indemnizar a las víctimas española, y ha señalado que, con la resolución, recuperan la dignidad que nunca debieron que perder, «incluso antes que nacer».

Así se ha expresado en rueda de prensa el presidente de la asociación, José Riquelme, quien ha aseverado que el fallo, mediante el cual se obliga a indemnizar a cada uno de ellos con la cantidad de 20.000 euros por cada punto porcentual de minusvalía que les haya sido reconocido por la Administración española, se trata de un «reconocimiento al mayor atentado farmacológico de la historia».

«La sentencia da lo que pedimos, que es 20.000 euros por punto porcentual de minusvalía por cada afectado, a lo que se sumará los intereses legales desde hace dos años. Ése es el reconocimiento directo. Respecto al resto de víctimas, los que estaban y los que se sumaron después, se aprovecharán de la sentencia porque sólo tienen que conseguir que otra sentencia o una resolución administrativa les reconozca como afectados», ha explicado el abogado de la
asociación, Ignacio Martínez.

En relación con un segundo grupo, el letrado ha indicado que «se pueden ver beneficiados de ir en un segundo vagón» en tanto durante el procedimiento, los alemanes afectados por la talidomida han visto su pensión multiplicada por siete, lo cual quiere decir que las nuevas demandas establecerán un importe de 140.00 euros por punto porcentual de minusvalía, para equipararse a los alemanes. «Nos parece justicia elemental», ha apostillado al respecto.

Además, ha resaltado que se trata de la primera vez que la farmacéutica es condenada por los hechos cometidos hace más de cincuenta años, en tanto en el resto de países, como por ejemplo Alemania, se ha acordado una indemnización a los afectados antes de producirse una sentencia.

Martínez también ha destacado que el fallo, del que la farmacéutica puede presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, desestima la prescripción del caso porque considera que hay un daño continuado. «Eso es muy importante porque dice que ningún afectado por la talidomida se va a quedar fuera (del cobro de indemnizaciones) por el transcurso del tiempo», ha indicado.

Por su parte, el vicepresidente de Avite, Rafael Basterrechea, ha manifestado en declaraciones a Europa Press Televisión, que no se esperaba que la Justicia fuera a reconocer «hasta el último céntimo» que pidieron los afectados. «Yo no era tan optimista», ha recalcado, al tiempo que ha señalado que la sentencia es una especie de «homenaje» a las madres de los afectados, que vivieron muchos años con sentimiento de culpabilidad al haber tomado un medicamento «recetado de forma legal».

Reacción de la farmacéutica juzgada

Por su parte, la farmacéutica alemana Grünenthal, fabricante de la talidomida, ha precisado, tras conocer la sentencia que la compensación con la que se les indemnizará «no ha sido cuantificada en su integridad». Asimismo, ha anunciado que analizará la sentencia «y decidirá las acciones que estime más apropiadas». Cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

La compañía alemana ha asegurado que «se preocupa, y lo seguirá haciendo en el futuro, por los afectados de la talidomida», insiste en que considera que su conducta respecto a este fármaco, aprobado hace más de 50 años, «fue consistente con el estado del conocimiento científico y con los estándares que prevalecían en aquel momento para el desarrollo y la realización de pruebas en la industria farmacéutica».

Asimismo, ha recordado que «otras compañías fabricaron y comercializaron sus propios productos con talidomida en España de forma totalmente independiente a Grünenthal, tal y como reconoce la sentencia».

 

 

 

 

 

 

 

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