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Acción de la UE ante las amenazas transfronterizas para la salud

Las medidas de seguimiento, alerta rápida y respuesta contra las amenazas transfronterizas graves para la salud son esenciales para garantizar un alto nivel de protección sanitaria en la Unión Europea. La actuación de la UE en este ámbito se centra principalmente en apoyar y complementar las acciones emprendidas por los Estados miembros, de lo que se informa en el último boletín "Europa al Día" del Departamento de Internacional de la OMC

Las enfermedades transmisibles, los agentes químicos o biológicos y los factores medioambientales pueden dar lugar a amenazas transfronterizas graves. La resistencia a los antibióticos también constituye un problema creciente de salud pública que requiere un nivel adecuado de preparación y respuesta.

 
Aunque los casos de enfermedades infecciosas se han reducido o se han mantenido estables en la UE durante los últimos años, la pandemia de gripe H1N1 (2009), el brote de E. coli en Alemania (2011), el virus del ébola (2014) y el virus del Zika (2016) han puesto de manifiesto que pueden surgir nuevas infecciones en cualquier momento.
 
Acción transfronteriza de la UE
 
La pronta respuesta a escala de la UE es importante para hacer frente inmediatamente a las amenazas transfronterizas graves para la salud. Un momento clave en la creación de un marco de seguridad sanitaria más sólido para la UE fue la adopción de la Decisión de 2013, destinada a mejorar la preparación y reforzar la capacidad de respuesta coordinada a las emergencias para la salud.
 
Este texto constituyó un avance importante para mejorar la seguridad sanitaria en la UE y proteger a los ciudadanos frente a una amplia gama de amenazas para la salud. La Decisión contribuye a que los países de la UE se preparen frente a posibles pandemias y amenazas transfronterizas futuras, con el fin de proteger a los ciudadanos.
 
Para ello contempla: el refuerzo de la capacidad de planificación en materia de preparación a nivel de la UE, reforzando la coordinación y las mejores prácticas, así como la puesta en común de la información sobre los planes nacionales de preparación; la mejora de la evaluación de riesgos y la gestión de amenazas transfronterizas para la salud, incluso por enfermedades no transmisibles de las que no se hace cargo ninguna agencia de la UE; el establecimiento de los mecanismos necesarios para desarrollar y poner en práctica la adquisición conjunta de productos médicos de respuesta sanitaria; una mayor sincronización de la respuesta a escala de la UE mediante un mandato legal sólido para que el Comité de Seguridad Sanitaria coordine la preparación; y una mayor coordinación de la comunicación de riesgos y crisis y el fomento de la cooperación internacional.
 
Adquisición conjunta de productos médicos de respuesta sanitaria
 
El brote de gripe pandémica H1N1 en 2009 dejó al descubierto las deficiencias de acceso y poder adquisitivo de los países de la UE a la hora de obtener vacunas y medicamentos contra las pandemias. En 2010, el Consejo Europeo solicitó a la Comisión que empezara a preparar la adquisición conjunta de vacunas con vistas a futuras pandemias.
 
Las disposiciones para la adquisición conjunta de productos médicos de respuesta sanitaria están recogidas en el artículo 5 de la Decisión 1082/2013/UE sobre las amenazas transfronterizas graves para la salud. En septiembre de 2017, 24 países de la UE ya habían firmado el Acuerdo de adquisición conjunta aprobado por la Comisión el 10.4.2014. Dicho acuerdo determina las modalidades prácticas por las que se rige el mecanismo; define el proceso de toma de decisiones a la hora de elegir el procedimiento; y organiza la evaluación de las ofertas y la concesión del contrato.
 
Garantizar una preparación adecuada
 
El objetivo del mecanismo de adquisición conjunta es asegurar un acceso más equitativo a determinados productos médicos de respuesta sanitaria, mejorar la seguridad del suministro y ofrecer precios más equilibrados a los Estados miembros participantes.
 
Para lograr una preparación suficiente ante el brote de una amenaza transfronteriza grave para la salud, las instituciones de la UE y los países firmantes del Acuerdo de adquisición conjunta pueden participar en un mismo procedimiento al objeto de conseguir: vacunas; antivíricos; y productos médicos de respuesta sanitaria contra amenazas transfronterizas graves para la salud.
 
Información de interés-
 
-Artículo 5 de la Decisión 1082/2013/UE
-Lista de países de la UE que han firmado el Acuerdo de adquisición conjunta
 
Gestión de crisis
 
A nivel de la UE, la Decisión 1082/2013/UE sobre las amenazas transfronterizas graves para la salud establece el marco para coordinar la planificación de la preparación y respuesta, con el fin de reforzar las capacidades de seguimiento, alerta precoz, evaluación y respuesta frente a las amenazas transfronterizas graves para la salud.
 
La Decisión: promueve que se compartan las mejores prácticas y la experiencia en materia de planificación de la preparación y respuesta; sienta las bases para desarrollar planes nacionales que aborden distintos tipos de amenazas para la salud: gripe pandémica, epidemia de SARS, emergencias causadas por agentes biológicos o desconocidos, accidentes causados por agentes químicos, fenómenos naturales de origen medioambiental o actos deliberados; contribuye a garantizar la interoperabilidad de los planes nacionales, gracias a los mecanismos de coordinación, el análisis y las herramientas de comunicación; y apoya  la  aplicación  de  los  requisitos  de  capacidad  básica  contemplados  en   el Reglamento Sanitario Internacional (RSI) de la OMS para detectar, evaluar, notificar y atajar las emergencias de salud pública.
 
En el marco del Programa de Salud de la UE, se organizan formaciones y ejercicios de apoyo y se facilita el intercambio de experiencias, directrices y procedimientos entre países de la UE. La Comisión Europea organiza ejercicios periódicos para poner a prueba los planes de preparación a nivel nacional y europeo. Así se garantiza que las autoridades y las instituciones de los Estados miembros estén en condiciones de colaborar entre sí, y con la Comisión, para compartir información en caso de crisis de rápida evolución.
 
Evaluación de los riesgos para la salud pública
 
Para responder a una amenaza sanitaria transfronteriza emergente, el primer paso crucial es evaluar los riesgos que conlleva. La UE cuenta con los mecanismos coordinados de evaluación de riesgos que establece la Decisión 1082/2013/UE sobre las amenazas transfronterizas graves para la salud. En ellos se recurre a los conocimientos técnicos de organismos europeos e internacionales, cuyo asesoramiento científico orienta la coordinación de la respuesta.
 
En un primer momento, las amenazas transfronterizas graves para la salud se notifican a través del Sistema de Alerta Precoz y Respuesta (SAPR). El SAPR es un sistema informático confidencial que permite a los Estados miembros enviar alertas sobre incidentes que pueden tener efectos en la UE, compartir información y coordinar su respuesta.
 
Si la coordinación de la respuesta a escala de la UE lo requiere, el Comité de Seguridad Sanitaria. (grupo de expertos que coordina las medidas de preparación, respuesta y cooperación internacional) puede pedir a la Comisión Europea una evaluación de riesgos que contemple las posibles medidas de salud pública. Son responsables de evaluar los riesgos: el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC), cuando la amenaza sea de origen biológico (enfermedades transmisibles o resistencia a los antimicrobianos e infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria) o de origen desconocido; la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), cuando la amenaza se sitúe en su ámbito de actuación; otras agencias de la UE competentes.
 
Si la evaluación de riesgos que se requiere queda total o parcialmente excluida del mandato de las agencias de la UE, la Comisión proporciona una evaluación de riesgos ad hoc. Así, por ejemplo, el Comité Científico de Riesgos Sanitarios, Ambientales y Emergenteses el encargado de evaluar los riesgos para la salud pública en caso de amenaza química transfronteriza grave.
En los casos de emergencia de salud pública de importancia internacional, la evaluación de riesgos tiene en cuenta la información que puedan facilitar otras entidades, en especial la Organización Mundial de la Salud (OMS).
 
Coordinación de la respuesta
 
Las autoridades nacionales de la UE tienen hasta 24 horas para notificar a la Comisión, a través del sistema de alerta SAPR, cualquier amenaza transfronteriza grave para la salud que hayan podido detectar. Posteriormente, la Comisión trabaja en estrecha colaboración con todos los países de la UE para garantizar una respuesta coherente y bien coordinada. Un ejemplo de esta coordinación fue la actuación de la UE en el brote de ébola en África Occidental
 
A petición de la Comisión, o de los representantes de los servicios nacionales de salud de los países afectados, se realizan consultas en el marco del Comité de Seguridad Sanitaria, en colaboración con la Comisión, a fin de coordinar las respuestas nacionales frente a la amenaza transfronteriza grave para la salud; y la comunicación de riesgos y crisis al público y a los profesionales de la sanidad de la UE, adaptada a las necesidades y circunstancias nacionales.
 
Si un país de la UE tiene previsto adoptar medidas de salud pública para luchar contra una amenaza transfronteriza grave para la salud, debe informar y consultar previamente a los demás países de la UE sobre la finalidad y el alcance de tales medidas, salvo que sea necesario adoptarlas inmediatamente. En tal caso, está obligado a informar inmediatamente a los otros países de la UE y a la Comisión.
 
Cuando se produzca una amenaza grave para la salud que supere las capacidades de respuesta nacionales, el Estado miembro afectado también puede pedir ayuda a otros países de la UE a través del Mecanismo Comunitario de Protección Civil (Decisión 2007/779/CE, Euratom).
 
El Comité de Seguridad Sanitaria se reúne dos veces al año en sesión plenaria y convoca otras reuniones en función de las necesidades.
 
Comunicación de riesgos y crisis
 
La claridad y la eficacia de la información y la comunicación con el público y las autoridades nacionales constituyen una parte fundamental de la respuesta a las crisis. Para establecer claramente estas líneas de comunicación, la Comisión Europea: desarrolla estrategias europeas de actuación; mejora la integración de los comunicadores en el proceso de gestión de las crisis; y refuerza la cooperación de los comunicadores con las autoridades decisorias y los gestores de riesgos.
 
Red de comunicación
 
El Comité de Seguridad Sanitaria ha establecido una red de comunicadores —en la que participan expertos en gestión de riesgos de los países de la UE, la Comisión y las agencias de la UE— que toma la iniciativa en los aspectos comunicativos de las crisis sanitarias.
 
Esta red facilita la cooperación en el transcurso de la crisis (al favorecer el intercambio de información desde el primer momento y coordinar las estrategias comunes y los mensajes públicos); y a largo plazo (al promover el intercambio de mejores prácticas de comunicación en caso de crisis y riesgos sanitarios y formular recomendaciones sobre medidas preventivas).
 
A escala internacional, la red constituye un canal importante para recoger y reducir las amenazas sanitarias mundiales. Permite a la UE divulgar rápidamente información en todo el mundo, al poner en contacto las redes de comunicación existentes dentro de la Iniciativa Global para la Seguridad Sanitaria y la red de la OMS del Reglamento Sanitario Internacional.
 
Cooperación internacional
 
A escala mundial, la UE colabora con agentes internacionales sobre cuestiones de seguridad sanitaria. En su condición de miembro de la Iniciativa Global para la Seguridad Sanitaria, la Comisión Europea coopera estrechamente con la OMS y los países del G7+ (Alemania, Canadá, EE. UU., Francia, Italia, Japón, México y Reino Unido) para crear una estrategia global eficaz y bien estructurada en materia de preparación y respuesta frente a las posibles amenazas para la salud.
 
Iniciativa global para la seguridad sanitaria
 
La Iniciativa Global para la Seguridad Sanitaria se creó en noviembre de 2001, bajo la dirección del antiguo Departamento de Salud y Servicios Sociales de los EE. UU. Aunque solo cuatro países de la UE son miembros oficiales de la Iniciativa, la participación de la Comisión Europea garantiza que los resultados de sus actividades se trasladen a todos los demás Estados miembros a través del Comité de Seguridad Sanitaria.
 
El Foro Ministerial de la Iniciativa Global para la Seguridad Sanitaria celebra reuniones anuales, en las que participan los ministros y secretarios de los países del G7+ y el comisario de Salud de la Comisión Europea. La Organización Mundial de la Salud también está presente, en calidad de asesor técnico.
 
Logros de la Iniciativa Global para la Seguridad Sanitaria
 
Cabe destacar el refuerzo de la preparación y respuesta frente a la viruela;  la mejora de la comunicación internacional y la gestión de riesgos; comprobación y mejora de la capacidad de los laboratorios; impulso a la preparación y respuesta mundiales frente a las pandemias de gripe; y esfuerzos de preparación contra las amenazas químicas y radiológicas.
 
En colaboración con la Organización Mundial de la Salud, elabora un programa de actuación conjunta en los siguientes campos: reglamento Sanitario Internacional; preparación para emergencias; enfermedades transmisibles como el VIH/sida y la tuberculosis; resistencia a los antimicrobianos; y vacunación.
 
Proyectos
 
Los proyectos innovadores y que favorezcan el desarrollo sanitario pueden recibir financiación europea a través del Programa de Salud , lo cual es una forma de poner en práctica la Estrategia de Salud de la UE .
 
Desde 2005, la Agencia Ejecutiva de Sanidad y Consumo gestiona licitaciones de proyectos y organiza ayudas, conferencias y contactos con los beneficiarios de los fondos del programa de sanidad.
 
Se adjunta Boletín «Europa al Día» nº480
 
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